Evaluaciones académicas que entorpecen el trabajo de la Agencia del ISBN
4 de febrero de 2012
La exigencia de la mayoría de las convocatorias de las agencias de evaluación académica de que las publicaciones aportadas tengan ISBN pervierte el propósito de la norma y entorpece el funcionamiento de la Agencia del ISBN.
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En el año 2010, los 10.848 códigos asignados en esta categoría especial de "méritos académicos" representaron el nueve por ciento del total de tramitaciones de la Agencia. Pero, además, cada uno de esos 10.848 son autores individuales a los que hay que abrir una ficha como si se tratara de una editorial.
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Exigir un ISBN para publicaciones que no van a entrar en el circuito comercial contraviene el espíritu de la norma UNE-ISO 2108-2006.
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La mayoría de las agencias evaluadoras no tiene en cuenta que el ISBN ya no es obligatorio en España (“Disposición derogatoria única a)” del Real Decreto 2063/2008).
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Se ignora el hecho de que las agencias del ISBN no hacen –ni tienen como misión hacer- ninguna valoración respecto del contenido de las publicaciones. Ni siquiera tienen constancia de que el libro para el que se solicita el código llegue finalmente a publicarse.
Esta práctica ha de corregirse: las agencias deberían evaluar las propias publicaciones -y no un mero formulario con el sello del ISBN- y deberían asumir que la obtención de un ISBN no garantiza en absoluto ni que la publicación exista ni mucho menos su calidad u originalidad.
La Agencia del ISBN ha elaborado un documento con su posición que ha sido entregado a diversas autoridades competentes en este asunto y que puede descargarse
aquí.